La Constitución Política de la República establece que todas las personas nacidas en el territorio son nacionales nicaragüenses, por lo tanto, si eres extranjero y tu hijo nació dentro del país, goza de todos los derechos que otorgan las leyes, tendrá derecho a recibir la protección del Estado, podrá identificarse como ciudadano de la nación y cuando cumpla 16 años podrá sacar su Cédula de Identidad.
Al igual que todo niño nicaragüense, los hijos de extranjeros nacidos en el territorio tendrán todos los derechos que le otorgan las leyes, aquí te nombramos algunos:
Puedes conocer todos los derechos y deberes de los niños en nuestro país, conociendo el Código de la Niñez y la Adolescencia, Ley No. 287 en este enlace.
La mujer extranjera puede parir en un hospital público, pero debe tener un seguro médico que cubra los gastos necesarios durante su estadía en el recinto hospitalario. Debe tener una cobertura médica general y podrá ingresar al Sistema de Salud Nicaragüense entregando los siguientes documentos:
Para realizar la inscripción debes dirigirte a las Instalaciones del Ministerio de Salud (MINSA) de Managua para completar el proceso de registro. Este trámite es totalmente gratuito. Puedes obtener información detallada sobre esta institución en su página web.
Para que el niño pueda disfrutar de todos los derechos que le otorga el haber nacido en el país, deberá ser inscrito en el Registro de Nacimientos para obtener su Acta de Nacimiento y poder sacar su Cédula de Identidad al cumplir 16 años y Pasaporte a los 18 años. La inscripción podrá realizarse en el municipio donde nació o en el municipio de residencia habitual de los padres y madres.
Es necesario hacer la inscripción del bebé en el libro de nacimientos dentro de los ocho (8) días posteriores al parto, pero antes de que cumpla un (1) año de nacido. Lo puedes realizar en las ventanillas del Registro Civil, en las delegaciones distritales V, VI y VII, en los hospitales maternoinfantiles o en el edificio de Servicios de Gobierno (SERVIGOB).
El horario de atención es de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. pero puede variar según el municipio.
Si transcurrió el primer año y no realizaste el registro del nacimiento, debes tramitar la reposición de Partida de Nacimiento ante un Juez Local o Civil de Distrito.
Dependerá del municipio donde se registre el nacimiento, pero en la mayoría de los casos debes presentar:
Es un trámite totalmente gratuito.
También son nacionales del país los hijos de padres extranjeros nacidos a bordo de aeronaves y embarcaciones nicaragüenses, siempre que ellos lo soliciten.