Municipios de Nicaragua > expatriados > Pensión desde el Extranjero: ¿Cómo cobrarla?

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

¿Estás en el extranjero y no sabes si puedes cobrar tu pensión nicaragüense? La respuesta es sí. A veces las personas emigran con todas sus cotizaciones y hasta cobrando su pensión, pensando que probablemente es un derecho perdido pero no es así. El INSS (Instituto Nicaragüense de Seguridad Social) garantiza a los trabajadores el cobro de su pensión, aunque ya no residan en el país e inclusive si se van a vivir al extranjero de manera temporal. Aquí te explicamos cómo hacer tus trámites para recibir tu beneficio.

Pensión desde el Extranjero

¿Qué requisitos debes tener para cobrar la pensión en el extranjero?

Ya sea que tengas residencia permanente o temporal en otro país, basta con que hayas realizado las cotizaciones correspondientes y tengas la edad establecida según tu caso, para que puedas hacer valer tu derecho a percibir la pensión del INSS. Este derecho no prescribe nunca, por lo tanto, no importa los años que hayan transcurrido sin que lo hayas solicitado, no importa cuantos años has vivido fuera de Nicaragua, tu derecho existe y en cualquier momento puedes exigir tu pensión. Deberás revisar los siguientes aspectos antes de realizar tu solicitud.

¿Qué modalidad de seguro tienes?

Al afiliarte al INSS debiste optar por uno de los 4 regímenes de prestaciones que tiene el INSS que son:

  • • El seguro facultativo integral, aquí la afiliación es voluntaria, e incluye prestaciones por atención médica, (exceptuando los accidentes laborales). El porcentaje a cotizar es de 22.25 % de los ingresos que declara el asegurado (salario mínimo establecido).
  • • El seguro integral, que comprende atención médica (exceptuando accidentes laborales) y dependerá del número de trabajadores que exista en la empresa y coticen.
  • • El seguro por Invalidez, Vejez y Muerte- Riesgos Profesionales, (Régimen IVM) que incluye prestaciones al momento en que se presenta el accidente o la condición.
  • Seguro Facultativo IVM, aquí la afiliación es voluntaria, y el porcentaje a cotizar al INSS es del 14% de tus ingresos reportados.

Si deseas conocer más detalles sobre los aportes y cotizaciones de cada modalidad puedes verlo aquí.

Cuándo adquieres el derecho a cobrar la pensión del Seguro Social (si no la estás cobrando al salir de la nación y la quieres solicitar).

  • • El trabajador, sea hombre o mujer debe haber alcanzado los 60 años de edad.
  • • Debes tener al menos 750 semanas de aportaciones, (esto puede ser menos dependiendo del caso si la persona ha tenido un marcado y comprobable desgaste mental o físico).
  • • Si eres trabajador minero debes haber alcanzado los 55 años de edad y tener al menos 15 años de aportaciones.
  • • Si eres profesor debes haber alcanzado los 55 años con al menos 1500 semanas de aportaciones para los hombres o 750 semanas de aportaciones para las mujeres.
  • • La persona de 60 años que haya aportado 250 semanas en su vida laboral tendrá la opción de optar a la pensión de vejez reducida proporcional.
  • • La persona que, aunque no esté activa haya trabajado en el pasado las 250 semanas tiene también tiene derecho a solicitar pensión por vejez, invalidez y muerte.

¿Qué tramites debes realizar?

  • • Debes dirigirte personalmente a la sucursal más cercana del INSS, puedes ubicarla en este link. Lamentablemente, no puedes enviar a un apoderado en tu lugar, porque el trámite inicial es personalísimo.
  • • Debes presentar tu Cédula de Identidad vigente y solicitar el estatus de tus cotizaciones.
  • • Debes llenar el formulario de solicitud de pensión, el cual será procesado y verificado.
  • • Te solicitarán un número de cuenta bancaria donde será transferida mensualmente la pensión.
  • • Te notificarán a través de una resolución en qué fecha comenzarás a cobrar la pensión.
  • • Una vez finalizado este trámite, sí podrás otorgar poder a un familiar, quien podrá realizar las próximas diligencias o trámites en tu nombre ante el INSS.

Actualización de Supervivencia

Anualmente debes actualizar la Supervivencia, esto significa dejar constancia de que estas vivo y puedes seguir cobrando el seguro. Lo puedes realizar de dos formas:

  • 1. Si estás en el extranjero y no piensas viajar a Nicaragua por un tiempo, puedes pedirle a un notario público que de fe de que estás vivo mediante un documento que lo autenticará. Luego, tendrás que apostillarlo si hay Convenio de la Haya con ese país, o legalizarlo por Cancillería.
  • 2. Si vas a viajar a Nicaragua podrás pasar por la sede del INSS en Managua donde te harán llenar una solicitud de actualización de supervivencia, y te notificarán a través de una resolución.
Pensión desde el Extranjero

Para tener en cuenta

Para los trámites ante el INSS en los que otra persona te deba representar, no bastará con una autorización o un poder general, debes presentar un poder especial donde se especifique claramente la facultad para actuar ante el organismo. Y lo más importante, recuerda que la pensión es producto de tu trabajo, son tus aportes anuales, así que no lo desestimes y cobra el fruto de tu esfuerzo.